RELEVAMIENTO DE LA SITUACION DEL ESTADO EN MATERIA LITIGIOSA. PRIMERA ETAPA, ADMINISTRACION CENTRAL. DIRECCION DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES LEGALES Y REGISTRALES DEL MEC




Promulgación: 01/11/2007
Publicación: 12/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1010

Artículo 2

 Los datos a suministrar por las reparticiones públicas estatales
mencionadas, versarán sobre:

I - JUSTICIA ORDINARIA
A) Procesos en trámite iniciados por el Estado
Identificación de las actuaciones jurisdiccionales.
Materia sobre la que versa cada una de ellas y, de corresponder, montos
reclamados.
Estado actual de la causa.
De existir sentencia, instancia en que se dictó, fallo y recursos que se
hubieren interpuesto contra la misma.
Transacción, de haberse logrado, en qué estado de la causa y bases de la
misma.
B) Procesos en trámite iniciados contra el Estado - en carácter de
demandado principal o hipótesis de citación en garantía -
Identificación de la actuación jurisdiccional.
Materia sobre la que versa cada una de ellas y, de corresponder, montos
reclamados.
Estado actual de la causa.
De existir sentencia, instancia en que se dictó, fallo y recursos que se
hubieren interpuesto.
Transacción, de haberse logrado, en qué estado de la causa y bases de la
misma.
C) Procesos culminados
Fallos condenatorios ejecutoriados a favor y en contra del Estado recaídos
en los últimos tres años, instancia en que se dictaron y, de corresponder,
monto liquido de la condena.
Fallos desestimatorios, en juicios promovidos por y contra el Estado.
Condenas en costas y costos.

II - JUSTICIA ADMINISTRATIVA
A) Juicios en trámite: su identificación, fecha de inicio, etapa procesal
actual, causa de la impugnación del acto, forma de agotamiento de la vía
administrativa, eventual suspensión de la ejecución del acto e
intervención de terceros.
B) Procesos terminados: su identificación, causal alegada por el
accionante, fecha de inicio y fecha de sentencia, de existir anulatoria si
la misma fue por motivos de forma o fondo y, por el contrario, si se
confirmó el acto, si se hizo con reserva de la acción reparatoria o no.
Asimismo conocer si el fallo se dictó de conformidad con el dictamen del
Procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo.
Por último, en los casos en que se verificó la perención de la instancia,
si la misma se produjo de oficio o a instancia de la parte.

III - ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA
A) Dotación funcional
Número de profesionales con formación jurídica que cumplen funciones en
las asesorías letradas o departamentos jurídicos de los organismos,
discriminados según el área consultiva o contenciosa y según su ubicación
escalafonaria.
Régimen de desempeño funcional -dedicación total o no del profesional- 
Mecanismos de supervisión de los jefes, directores o encargados de las
respectivas asesorías o departamentos jurídicos sobre el desempeño de sus
funcionarios letrados.
B) Protocolos de actuación
Existencia de vías de comunicación e información entre las asesorías o
departamentos jurídicos y las jerarquías de los organismos, en lo que
respecta a decisiones jurídicas estratégicas que refieran a las causas
bajo su conocimiento.
Previsión de instancias en las que antes o durante los procesos
judiciales, la Administración intente soluciones acordadas o a través de
fórmulas transaccionales. Pautas que rigen las mismas.
C) Medios de apoyo a la labor técnica
Existencia, entre otros, de programas informáticos adecuados, acceso a
base de datos jurisprudenciales, doctrinarias, etc., recopilaciones
legislativas o bibliotecas jurídicas.
D) Responsabilidad funcional
Procedimientos disciplinarios promovidos contra funcionarios técnicos,
motivados en desempeños deficientes.
E) Responsabilidad civil del funcionario
En casos de culpa grave o dolo en el desempeño de los asesores legales de
la Administración, las acciones de repetición que eventualmente se
hubieren promovido (Art. 25 de la Constitución de la República).

IV - SERVICIOS TECNICOS CONTRATADOS
En caso de contratación de servicios técnicos externos, motivos de la
misma, términos contractuales alcanzados y resultados obtenidos.
Indicación de eventuales acciones adoptadas en hipótesis de mala praxis de
dichos servicios profesionales.
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