FIJACION DEL VALOR REAL DE INMUEBLES URBANOS, SUBURBANOS Y RURALES. AÑO 2012




Promulgación: 20/12/2012
Publicación: 28/12/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1724

Artículo 2

 Fíjase en $ 2:589.000,oo (pesos uruguayos dos millones quinientos ochenta
y nueve mil) el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio
correspondiente al año 2012 para las personas físicas y sucesiones
indivisas.-

Para el núcleo familiar se duplicará el importe mencionado en el inciso
anterior.-
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