DEROGACION DEL LITERAL C) DEL ARTICULO 61 DEL DECRETO N° 39/990, REFERENTE A FERTILIZANTES IMPORTADOS




Promulgación: 31/08/1992
Publicación: 17/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 463
  Visto: lo dispuesto por el artículo 17 del Título 10 del Texto Ordenado
1991 y por los literales a) del artículo 18 y c) del artículo 61 del
decreto 39/990 de 31 de enero de 1990.

  Considerando: la necesidad de eliminar la discriminación por origen que
resulta de las normas vigentes.

  Atento: a lo expuesto,

                     El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Derógase lo dispuesto por el literal c) del artículo 61 del decreto
39/990 de 31 de enero de 1990.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 39/990 de 31/01/1990 
artículo 18 Derogada/o literal a).

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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