CREACION DE LA UNIDAD TECNICA NACIONAL DEL FOCEM (UTNF). CONSEJO DEL MERCADO COMUN DEL MERCOSUR




Promulgación: 01/11/2007
Publicación: 12/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1004

Artículo 4

 La Unidad de Análisis estará integrada por técnicos de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas, con
carácter permanente, y por técnicos de los organismos que presenten
proyectos para financiamiento del FOCEM, que participarán en el análisis
de éstos y en caso que el Consejo Directivo lo apruebe en la gestión
posterior.

El Consejo Directivo designará como responsable de la Unidad de Análisis a
uno de sus integrantes permanentes.

La Unidad de Análisis funcionará en la órbita de la OPP, que le prestará
el apoyo logístico y administrativo que sea necesario.

La Unidad de Análisis cumplirá los siguientes cometidos:

a) Constituir el vínculo operativo con la Unidad Técnica del
   FOCEM/Secretaría del MERCOSUR (UTF/SM).
b) Realizar todas las actividades y las gestiones ante los órganos del
   MERCOSUR, relativas a la presentación, ejecución, control y evaluación
   de los proyectos financiados por el FOCEM, incluyendo aquellos
   correspondientes a otros Estados Partes del MERCOSUR.
C) Recibir los proyectos presentados por los distintos organismos
   para obtener financiamiento del FOCEM.
d) Analizar la coherencia de los proyectos presentados con los planes
   de desarrollo nacional y su compatibilidad con los objetivos del FOCEM
   y el proceso de integración regional.
e) Estudiar la factibilidad de los proyectos presentados.
f) Elevar informes al Consejo Directivo y al Consejo Asesor sobre los
   proyectos que reúnan las condiciones para ser elegibles.
g) Controlar la ejecución de los proyectos presentados por Uruguay,
   que reciban financiamiento del FOCEM.
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