CENSO GENERAL AGROPECUARIO DEL AÑO 2000. DECLARACION DE INTERES NACIONAL Y CREACION DEL COMITE NACIONAL




Promulgación: 21/12/1999
Publicación: 30/12/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1469

Artículo 11

 Según lo que se establece en los Arts. 16, 17 y 18 de la ley citada en
el artículo anterior, los datos individuales aportados con fines
estadísticos están amparados por el secreto estadístico y no pueden ser
utilizados con otros fines. En consecuencia queda absolutamente prohibido
divulgarlos en forma alguna. Sólo podrán ser dados a conocer los datos
estadísticos, elaborados por la técnica censal, quedando prohibida, en
absoluto, la revelación de datos personales o individuales, no pudiendo
ser utilizados ni a favor ni en contra del informante.
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