AUTORIZACION DE CAZA Y SACRIFICIO DE NUTRIAS EN EL TERRITORIO NACIONAL




Promulgación: 11/07/1979
Publicación: 27/07/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 173

DE LA EXPORTACION DE CUEROS DE NUTRIA

Artículo 18

   Cuando los cueros de nutria, crudos o curtidos, o con cualquier proceso
industrial o de transformación, se destinen a la exportación, los
interesados deberán previamente recabar, ante la Dirección de Contralor
Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca, la certificación
correspondiente, de su origen a fin de que el Banco de la República
Oriental del Uruguay pueda dar curso al despacho de la exportación
respectiva.
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