PROHIBICION DE FUMAR EN UNIDADES DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS




Promulgación: 12/08/1981
Publicación: 27/08/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 697

Artículo 6

   El Ministerio de Transporte y Obras Públicas reglamentará, previo
informe de la Dirección Nacional de Transporte, los distintos aspectos del
presente decreto.
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