APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA CORPORACION DE PROTECCION DEL AHORRO BANCARIO. EJERCICIO 2010




Promulgación: 29/12/2010
Publicación: 13/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2067
Referencias a toda la norma

Artículo 9

 El personal de la COPAB, incluidos los integrantes del Directorio y los
funcionarios del Banco Central del Uruguay que pasaron en comisión a la
Corporación, recibirá tickets de alimentación por un monto de $ 178 por
cada día trabajado, siempre que lo hayan hecho por más de seis horas y
media. No se considerarán los días hábiles en que se haga uso de licencia
o se perciban viáticos de alimentación, por cualquier concepto. Este monto
se ajustará semestralmente en base a la evolución del IPC en el semestre
inmediato anterior.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14 (vigencia).
Ayuda