APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA CORPORACION DE PROTECCION DEL AHORRO BANCARIO. EJERCICIO 2010




Promulgación: 29/12/2010
Publicación: 13/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2067
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 El personal de la Corporación, incluidos los integrantes del Directorio,
percibirá una compensación especial de apoyo al núcleo familiar, cuyo
importe mensual se detalla a continuación en función de la situación
familiar del empleado:

a)     Solteros                                    $       800.75
b)     Casados                                     $     1.095.14
c)     Núcleos familiares de hasta 4 personas      $     1.432.06
d)     Núcleos familiares de más de 4 personas     $     1.769.16

Los funcionarios del Banco Central del Uruguay que pasaron a prestar
servicios en comisión en la Corporación percibirán la diferencia entre la
compensación especial de apoyo al núcleo familiar que le corresponda de
acuerdo a las categorías detalladas y el importe que por concepto de Hogar
Constituido perciben en el Banco Central del Uruguay.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 10 y 14 (vigencia).
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