CREACION DEL REGISTRO AMBIENTAL DE PLANTACIONES FORESTALES, A CARGO DE LA DINACEA




Promulgación: 10/12/2021
Publicación: 15/12/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 16

   (Vigencia). El presente Decreto entrará en vigencia en el plazo de 3 (tres) mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial. Sin perjuicio de ello, la autorización a la que refiere el artículo 12, será obligatoria para las nuevas plantaciones que se realicen a partir del 1° de enero de 2023.
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