NORMAS PARA RECIBO Y TOMA DE MUESTRAS OBLIGATORIA PARA TODA OPERACION DE COMPRA
Artículo 6
Cuando se presenten situaciones de conflicto entre comprador y vendedor,
el Ministerio de Agricultura y Pesca a solicitud de los interesados
actuará como árbitro y sus decisiones serán inapelables. El Ministerio de
Agricultura y Pesca por intermedio del Sector Granos contará con 30 días
de plazo para expedirse. En estos casos la solicitud deberá ser acompañada
por las dos muestras establecidas en el artículo 5º y presentarse en el
Sector Granos del Ministerio de Agricultura y Pesca, Av. Uruguay 1016.