REGLAMENTACION DE LA LEY 19.264, RELATIVA AL CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LOS BIENES Y SERVICIOS DESTINADOS AL USO Y CONSUMO




Promulgación: 10/12/2021
Publicación: 15/12/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Fe de erratas publicada/s: 24/12/2021.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.264 de 05/09/2014.

Artículo 3

   La readecuación de la mercadería deberá realizarse en un plazo de 30 días corridos, a contar de la notificación efectuada por el Ministerio de Salud Pública.
   En consideración a la naturaleza de las acciones que podrían demandar la readecuación de la mercadería, se podrá fijar un plazo mayor a esos efectos.
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