APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2000




Promulgación: 29/12/2000
Publicación: 30/01/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 1249

TITULO V - DISPOSICIONES COMUNES
E) REESTRUCTURA DE GESTION Y ORGANIZACION DEL B.R.O.U.

Artículo 62

 Los funcionarios que sean asignados a las tareas inherentes a la 
Reestructura de la Gestión y Organización del Banco a tiempo completo, 
percibirán un Complemento como máximo del 44% de las partidas computables 
para el cálculo de la hora extra (Art. 41º). Las imputaciones 
correspondientes deberán efectuarse con débito al Renglón 061.316 - 
Complemento por Extensión Horaria, autorizado dentro del Presupuesto 
Anual de Inversiones (Proyecto 100 - Reestructura de la Gestión y 
Organización del BROU).
Quien perciba este complemento deberá estar sujeto a un régimen de 
dedicación total, cumpliendo una extensión horaria de tres horas de labor 
por cada jornada ordinaria. Si por razones de servicio dicha extensión 
fuera menor, el pago del complemento se efectuará en forma proporcional.
Quienes cumplan tareas bajo este régimen retributivo, no podrán percibir 
remuneraciones por aplicación de lo establecido en el artículo 41º de 
estas normas.
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