REQUISITOS DE FABRICACION Y COMERCIALIZACION DE PEGAMENTOS Y COLAS




Promulgación: 29/08/1989
Publicación: 04/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 171

Artículo 6

  Dichos  fabricantes deberán tener un registro con boletas claramente
identificables para someterlas a la inspección en caso que sean
solicitadas.
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