DETERMINACION DE LA OBLIGATORIEDAD DE LAS NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES ELECTRONICAS EN EL AMBITO DE LA DIRECCION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 4
La Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento deberán coordinar acciones a efectos de dar cumplimiento al presente Decreto.