DETERMINACION DE LA OBLIGATORIEDAD DE LAS NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES ELECTRONICAS EN EL AMBITO DE LA DIRECCION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIO DE COMUNICACION AUDIOVISUAL




Promulgación: 03/12/2018
Publicación: 11/12/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Exceptúanse de dicha obligatoriedad las peticiones amparadas en el artículo 30 de la Constitución de la República, los recursos administrativos, las solicitudes de acceso a la información pública, los reclamos de consumidores y las denuncias, presentados por quienes no tengan constituido domicilio electrónico de acuerdo al presente Decreto.
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