Fíjase en $ 2:823.000,00 (dos millones ochocientos veintitrés mil pesos
uruguayos) el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio
correspondiente al año 2013 para las personas físicas y sucesiones
indivisas.
Para el núcleo familiar se duplicará el importe mencionado en el inciso
anterior.