Encomiéndase a los Ministerios de Salud Pública y de Economía y
Finanzas el brindar a los afiliados de las Instituciones de Asistencia
Médica Colectiva información sobre montos de cuotas, tasas moderadoras y
niveles de desarrollo alcanzados por cada Institución y toda otra
información que posibilite el mejor ejercicio de sus derechos.