HISTORIA LABORAL. SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 11/02/1998
Publicación: 18/02/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 300
Referencias a toda la norma

Artículo 6

(Beneficios o cobros indebidos). La omisión de las comunicaciones de
las bajas previstas en el artículo 2º, será además sancionada de acuerdo a
las normas vigentes para los casos que se obtengan beneficios y/o cobros
indebidos de las prestaciones a cargo del Banco de Previsión Social.- (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
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