TRANSPORTE INTERNACIONAL - COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 25/01/1993
Publicación: 08/02/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 110

Artículo 4

     El Comité Nacional podrá invitar o convocar a representantes de los
Organismos Públicos o Privados que estime necesarios, para participar en
los trabajos o reuniones que se realicen. Asimismo, podrá solicitar la
colaboración permanente o transitoria de los Organismos Regionales o
Internacionales pertinentes.
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