FUNCIONARIOS EXCEDENTES - REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS




Promulgación: 27/01/1992
Publicación: 06/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.226 de 29/10/1991 artículo 10.

Artículo 7

    La Oficina de destino deberá comunicar a la Oficina Nacional del
Servicio Civil en un plazo de 45 días a partir del ingreso del
funcionario, la Unidad Ejecutora en la que preste funciones y la
descripción de las respectivas tareas. 
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