DELIMITACION DE COMPETENCIAS RELATIVAS A FAUNA SILVESTRE




Promulgación: 08/01/1982
Publicación: 19/02/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 100
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Dicha Comisión estará integrada por un delegado de la Dirección de
Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca, que la presidirá;
uno del Ministerio del Interior; uno del Ministerio de Relaciones
Exteriores; uno del Ministerio de Defensa Nacional; uno del Banco de la
República Oriental del Uruguay; uno de la Dirección Nacional de Aduanas;
uno de la Facultad de Agronomía; uno de la Facultad de Humanidades y
Ciencias; uno de la Facultad de Veterinaria; uno del Instituto Nacional
para la Preservación del Medio Ambiente; uno del Museo Nacional de
Historia Natural y uno de los Zoológicos Nacionales.

   Los delegados ante la Comisión Asesora Honoraria durarán un año en sus
funciones y podrán ser reelectos.
Ayuda