APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE CORREOS. EJERCICIO 2000




Promulgación: 09/10/2001
Publicación: 17/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 860
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Trasposiciones de rubros en el presupuesto operativo. Las trasposiciones 
entre rubros de un mismo programa serán aprobadas por el Directorio y 
comunicadas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de 
Cuentas.
Las trasposiciones entre rubros de distintos programas serán aprobadas 
por el Poder Ejecutivo, previo dictamen del Tribunal de Cuentas e informe 
de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Estas trasposiciones regirán hasta el 31 de diciembre del Ejercicio en el 
cual se autoriza y tendrán las siguientes limitaciones:
a) Sólo podrán servir como reforzantes, las partidas que tengan carácter 
anual y no sean estimativas.
b) El rubro 0 "Retribuciones de Servicios Personales" no podrá ser 
reforzado ni servir como reforzante.
c) Los renglones del rubro 0 "Retribuciones de Servicios Personales" 
podrán reforzarse entre sí ajustándose a las condiciones siguientes:
1. Que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y no 
comprometido.
2. Los renglones de los subrubros 01, 02 y 03 no podrán reforzarse entre 
sí ni ser reforzados por renglones de otros subrubros ni servir como 
reforzantes.
d) Los rubros 7 "Subsidios y Otras Transferencias" y 8 "Servicios de 
Deudas y Anticipos", no podrán servir como reforzantes.
Los créditos de los renglones 252 "Electricidad"; 311 "Teléfono, 
telégrafo y similares"; 312 y 313 "Transporte de Correspondencia dentro y 
fuera del país"; 314 "Agua" así como el 779 "Otras Transferencias a 
Unidades Familiares", se considerarán con carácter no limitativo, siendo 
por ende no reforzantes.
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