VISTO: la necesidad de contar con un adecuado asesoramiento en
materia de precursores, productos químicos y análisis de drogas de abuso
con el objetivo de reducir la oferta de drogas ilícitas y controlar su
producción;
RESULTANDO: que nuestro país ha asumido compromisos
internacionales con la expresada finalidad;
CONSIDERANDO: I) que es pertinente crear un Comité Asesor en
esta materia, en la órbita de la Junta Nacional de Prevención y Represión
del Tráfico Ilícito y Uso Abusivo de Drogas;
II) que asimismo se estima pertinente crear Sub-Comités, según
los diferentes temas a tratar;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la
Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes, enmendada por el Protocolo
de 1972; el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971; la Conferencia
de Quito sobre los Productos Químicos Esenciales para la Producción de la
Cocaína de 1987; la Convención de las Naciones Unidas sobre el Tráfico
Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988 y Decreto Nº
463/88 de 13 de julio de 1988;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Créase el "Comité Asesor en materia de Precursores Productos Químicos,
y Análisis de Drogas de Abuso", dependiente de la Junta Nacional de
Prevención y Represión del Tráfico Ilícito y Uso Abusivo de Drogas.
SANGUINETTI - WASHINGTON BADO - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA - JUAN LUIS
STORACE - SAMUEL LICHTENSZTEJN - JULIO HERRERA - RAUL BUSTOS