CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE VIGILANCIA Y PREVENCION DE LA RABIA Y DE LOS ACCIDENTES POR MORDEDURAS DE ANIMALES




Promulgación: 09/10/2001
Publicación: 17/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 858
VISTO: la necesidad de profundizar en aspectos de prevención, vigilancia 
y control de zoonosis prevalentes en los ámbitos urbano y rural;

CONSIDERANDO: I) la necesidad de asignar prioridad a mantener al país 
libre de rabia y circunstancias accidentales de mordeduras que 
posibiliten la diseminación de la enfermedad;

II) la importancia emergente de los accidentes por mordedura animal en 
los ámbitos domésticos y peridomésticos de áreas urbanas y rurales por 
animales domésticos, sinantrópicos y silvestres;

RESULTANDO: que se entiende pertinente crear una Comisión abocada a tal 
fin que se denominará "Comisión Nacional de Vigilancia y Prevención de la 
Rabia y de los Accidentes por Mordedura de Animales";

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Créase la Comisión Nacional de Vigilancia y Prevención de la Rabia y de 
los Accidentes por Mordeduras de Animales, que funcionará en el ámbito 
del Ministerio de Salud Pública.

BATLLE - LUIS FRASCHINI - GUILLERMO STIRLING - LUIS BREZZO - ANTONIO 
MERCADER - GONZALO GONZALEZ - CARLOS CAT


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