La Unidad de Coordinación tendrá los siguientes cometidos:
a) implementar los lineamientos y directivas definidos por el Consejo
Directivo.
b) relevar los convenios vigentes entre los Organismos integrantes de la
R.I.E.P.S.
c) proponer al Consejo Directivo, acciones futuras en relación a dichos
convenios, a partir de la evaluación de los resultados de los mismos y de
los lineamientos propuestos por dicho Consejo.
d) proponer al Consejo Directivo, un plan pautado de intercambio de
servicios dentro de la red.
e) determinar con cada Organismo las áreas involucradas de su
organización, que deberán aportar información para la ejecución y el
seguimiento de los intercambios.
f) relevar costos actuales y proponer al Consejo Directivo, un sistema de
costos uniformes para los servicios a intercambiar o vender dentro de la
red, los cuales serán posteriormente acordados con cada efector integrante
de la RIEPS.
g) proponer al Consejo Directivo, la generación de interfases entre los
sistemas informáticos a efectos de facilitar la articulación entre los
Organismos de la R.I.E.P.S.
h) proponer al Consejo Directivo, procedimientos de contratación, sistemas
de registro y formas de cancelación de cuentas por los servicios
intercambiados dentro de la R.I.E.P.S.
i) proponer al Consejo Directivo, formas de medición de la calidad de los
servicios prestados.
j) proponer al Consejo Directivo, sistemas de comunicación permanentes
entre todos los integrantes de los Organismos cuyas actividades queden
comprendidas dentro de la R.I.E.P.S.
k) proponer al Consejo Directivo los programas preventivos asistenciales
que la R.I.E.P.S. asuma en conjunto como prioritarios en el marco del
Sistema Nacional Integrado de Salud y fortalecimiento de la matriz de
protección social.
l) establecer sistemas de información vinculados a las Metas
Prestacionales del Sistema Nacional Integrado de Salud, y acordar con el
mismo modalidades de evaluación y presentación de resultados.