Facúltase al Banco de Previsión Social a pagar al personal presupuestado,
una partida mensual con carácter extraordinario, por el año 2011 en el
marco de la reestructura escalafonaria a realizar. A tales efectos se
tomará para cada funcionario la diferencia entre lo que percibe por
concepto de "Compensación a la Persona" (sin considerar su abatimiento en
caso de subrogación), y esta partida cuya distribución se ajustará a la
siguiente escala, donde los períodos hacen referencia a la antigüedad en
el cargo presupuestal:
De 1 a 5 años $ 1.000.-
De 6 a 10 años $ 2.500.-
De 11 a 15 años $ 3.500.-
De 16 a 20 años $ 4.500.-
De 20 años o más $ 5.700.-
Se determina que para el personal sin responsabilidad de supervisión, la
aplicación de esta disposición no implicará en ningún caso la asignación
de un monto inferior a $ 1.000.- (pesos mil).
La presente "Partida Extraordinaria" será reglamentada por el Directorio,
teniendo en cuenta entre otras, la situación en caso de subrogación.