FIJA INCREMENTO DE CUOTA MUTUAL




Promulgación: 30/12/1998
Publicación: 31/12/1998
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

Conjuntamente con la comunicación prevista en el Artículo 5º las
Instituciones deberán presentar los certificados exigidos por el Artículo
17º del Decreto Nº 301/987, de 23 de junio de 1987.
Referencias al artículo
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