CREACION DE CARGOS. FUNCIONARIOS SUPLENTES DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 23/10/2006
Publicación: 31/10/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 946
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 285.

Artículo 4

 En el Ministerio de Salud Pública se crearán los cargos necesarios para
incorporar a los padrones presupuestales, a los suplentes que cumplan con
los requisitos previstos en los artículos 1º., 2º. y 3º. de este decreto.
   La creación de los cargos a proveer se efectuará en los Grados de
ingreso, de las respectivas Series, de los Escalafones A,B y D, en las
Unidades Ejecutoras de los Programas del Inciso 12 que se indican y según
los criterios que surgen del siguiente cuadro:

PROGRAMAS 6 - 7- 8
                                          OBJETOS DE GASTO
ESC.  GDO.     DENOMINACION          011         012        014

 A     08     TECNICO III          1583,93       0,00     430,03
 A     07     TECNICO IV           1473,35       0,00     401,24
 B     07     TECNICO III          1473,35       0,00     401,24
 B     06     TECNICO IV           1370,57       0,00     333,07
 D     03     ESPECIALISTA VII     1103,27     230,92     263,14

PROGRAMA - 5
                                        OBJETOS DE GASTO
ESC.  GDO.     DENOMINACION          011          012      014

 A     08     TECNICO III          1583,93       0,00     700,89
 A     07     TECNICO IV           1473,35       0,00     653.91
 B     07     TECNICO III          1473,35       0,00     653,91
 B     06     TECNICO IV           1370,57       0,00     542,91
 D     03     ESPECIALISTA VII     1103,28     230,92     428,79
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