Fíjase para la importación de productos exceptuados del Arancel Externo
Común en virtud de su inclusión en el "Régimen de Adecuación Final a la
Unión Aduanera", cuyos items arancelarios constan en el Anexo IV, las
tasas que se indican en dicho anexo.- (*)
(*)Notas:
Ver:Texto/imagen (Anexo IV).
Ver en esta norma, artículo:6.