FIJA ARANCEL EXTERNO




Promulgación: 30/12/1998
Publicación: 04/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1530
Referencias a toda la norma

Artículo 3

Fíjase para la importación de productos que integran la lista de
excepciones de nuestro país al Arancel Externo Común, cuyos items
arancelarios constan en el Anexo III, las tasas que se indican en dicho 
anexo.- (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Anexo III).
Ver en esta norma, artículo: 6.
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