APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 2006




Promulgación: 23/10/2006
Publicación: 31/10/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 935
Referencias a toda la norma

Artículo 25

 Trasposiciones de créditos presupuestales.
Las trasposiciones de créditos asignados a gastos de funcionamiento
regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
Sólo se podrán trasponer créditos no estimativos y con las siguientes
limitaciones:
1.  Los correspondientes al Rubro 0 (Retribuciones Personales) Rubro 1
    (Cargas Legales sobre Servicios Personales) y subrubro 7.5
    (Transferencias a Unidades Familiares por personal en actividad) no se
    podrán trasponer ni recibir trasposiciones de otros rubros, salvo
    disposición expresa.
2.  Dentro del Rubro 0 (Retribuciones Personales), podrán trasponerse
    entre sí, siempre que no pertenezcan a los Renglones de los Subrubros
    01.02 y 03 y se trasponga hasta el límite del crédito disponible no
    comprometido.
3.  Los renglones del subrubro 7.4 (Transferencias a instituciones sin
    fines de lucro) y del Rubro 8 (Servicios de Deudas y Anticipos) no
    podrán ser traspuestos.
4.  El Rubro 9 (Asignaciones Globales) no podrá recibir trasposiciones.
5.  Los créditos destinados para suministros de organismos o
    dependencias del Estado, personas jurídicas de derecho público no
    estatal y otras entidades que presten servicios públicos nacionales,
    empresas estatales y paraestatales, podrán trasponerse entre sí.
6.  Las partidas de carácter estimativo no podrán reforzar otras
    partidas ni recibir trasposiciones.
Las trasposiciones se realizarán como se determina a continuación:
1.  Dentro de un mismo programa, con la aprobación del Directorio y
    su comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al
    Tribunal de Cuentas.
2.  Entre diferentes programas, con la autorización del Directorio,
    previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
    posterior comunicación al Tribunal de Cuentas.
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