CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO Nº 17. INDUSTRIA GRAFICA. SUBGRUPO 02. TALLERES GRAFICOS DE LAS EMPRESAS PERIODISTICAS DIARIOS Y PUBLICACIONES




Promulgación: 13/02/2006
Publicación: 17/02/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 306

Artículo 2

 Los salarios del personal de las empresas del interior del país,
exceptuando el departamento de Canelones, con ocho o menos trabajadores,
será el equivalente al 85% de los salarios fijados en el Artículo
precedente.
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