Derechos del Personal. Todo funcionario tendrá derecho a percibir, con
carácter general, además del sueldo básico y el aguinaldo correspondiente,
los beneficios siguientes: Prima por Antigüedad, Matrimonio, Nacimiento y
Hogar Constituido, Asignación Familiar, Compensación por Cuota Telefónica,
Prestación por Alimentación, Incentivo al Desempeño y Seguro Nacional de
Salud de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 18.211 del 5 de diciembre de
2007.
Las retribuciones de los integrantes del Directorio y del Gerente General,
se regirán por las disposiciones del Poder Ejecutivo en la materia.