APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 07/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1896
Referencias a toda la norma

Artículo 25

 Trasposiciones de Créditos en el Presupuesto Operativo. Las
trasposiciones de créditos asignados a gastos de funcionamiento regirán
hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
Sólo se podrán trasponer créditos no estimativos y con las siguientes
limitaciones:
1. Los correspondientes al Grupo 0 (Servicios Personales) no se podrán
   trasponer ni recibir trasposiciones de otros grupos, salvo disposición
   expresa.
2. Dentro del Grupo 0 (Servicios Personales), podrán trasponerse entre sí,
   siempre que no pertenezcan a los objetos de los Subgrupos 01, 02 y 03
   y se trasponga hasta el límite del crédito disponible no comprometido.
3. Los objetos del subgrupo 5.5 (Transferencias Corrientes a
   Instituciones sin fines de lucro) y de los Grupos 6 (Intereses y Otros
   Gastos de Deuda) y 8 (Aplicaciones Financieras) no podrán ser
   traspuestos.
4. El Grupo 7 (Gastos no Clasificados) no podrá recibir trasposiciones.
5. Los créditos destinados para suministros de organismos o dependencias
   del Estado, personas jurídicas de derecho público no estatal
   y otras entidades que presten servicios públicos nacionales, empresas
   estatales y paraestatales, podrán trasponerse entre sí.
6. Las partidas de carácter estimativo no podrán reforzar otras partidas
   ni recibir trasposiciones.
Las trasposiciones se realizarán como se determina a continuación:
1. Dentro de un mismo programa, con la aprobación del Directorio y su
   comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal
   de Cuentas. El Directorio podrá delegar tal función en la figura del
   Gerente General.
2. Entre diferentes programas, con la autorización del Directorio, previo
   informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
   posterior comunicación al Tribunal de Cuentas.
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