DECLARACION DE INTERES GENERAL DEL USO DE ENMIENDAS CALCAREAS




Promulgación: 02/10/1996
Publicación: 11/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 835

CAPITULO IV - COMERCIALIZACION
SECCION IV - IMPORTACION

Artículo 21

   La firma importadora comunicará a la Dirección de Suelos y Aguas el
momento en que la totalidad de la partida importada sea retirada del
recinto aduanero y depositada en el lugar declarado. Dicha partida no
podrá ser comercializada, procesada ni cambiada de lugar de depósito sin
autorización escrita de la Dirección de Suelos y Aguas.
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