DECLARACION DE INTERES NACIONAL. CENSO GENERAL AGROPECUARIO DEL AÑO 2010




Promulgación: 18/08/2009
Publicación: 26/08/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 414

Artículo 12

 Las autoridades censales quedan facultadas para reclamar de los Jueces de
Paz, en los territorios respectivos, la aplicación de las penas que
prescriben las disposiciones legales a toda persona que, durante la
realización del censo, se rehusare a dar datos o los diere de tal manera
que configuren tergiversaciones o falseamiento de los mismos.
Ayuda