DECLARACION DE OBLIGATORIEDAD DE PROFILAXIS PARA LA PREVENCION DE OFTALMIA PURULENTA EN EMBARAZADAS Y RECIEN NACIDOS




Promulgación: 05/07/1977
Publicación: 13/07/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 53

Artículo 2

 Todo profesional que asista a un parto tiene el deber de practicar el
procedimiento profiláctico de Credé en los ojos del recién nacido,
instilando en cada ojo una gota de solución de nitrato de plata al 1%,
inmediatamente después del nacimiento y después de haber limpiado
cuidadosamente las secreciones que cubren los párpados del niño.
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