APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2010




Promulgación: 23/12/2010
Publicación: 29/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1586

Artículo 39

 El personal de la Institución que estuviera activo al 18/2/91, percibirá,
en concepto de productividad, una partida mensual. La misma resulta de la
distribución de las economías derivadas del retiro voluntario de
funcionarios al amparo de las disposiciones de la Ley N° 16.127 de
7/8/1990 y de lo dispuesto en el numeral 9 del Acta del 14/3/1991 del
Convenio de Equiparación Salarial entre la Banca Oficial y Privada.
Ayuda