APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2010




Promulgación: 23/12/2010
Publicación: 29/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1586

Artículo 15

 ESCALAFON INFORMATICO. Se establece el siguiente ordenamiento de las
remuneraciones del personal del Escalafón Informática del Banco
Hipotecario del Uruguay.
El personal de los Cargos Operador 2; Operador 1; Técnico Informática y
Encargado/ Analista Informática de la Serie INFORMATICA, percibirá una
remuneración mensual con ajuste a los Grados que se indican de la Escala
Patrón:

Cargo                 Años o Grados del Cargo      Grados EPU
OPERADOR 2                    UNICO                    28
OPERADOR 1                    UNICO                    36
TECNICO INFORMATICA           UNICO                    41
ENC/AN INFORMATICA            UNICO                    45
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