SERVICIOS TURISTICOS - EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS TURISTICOS INMOBILIARIOS




Promulgación: 24/08/1994
Publicación: 07/09/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 485
Referencias a toda la norma

Artículo 10

 Las empresas definidas en el art. 1º. cuyo domicilio y actividad se
encuentren fuera del ámbito territorial de aplicación de la presente
reglamentación, no podrán ejercer dicha actividad respecto a inmuebles
ubicados en los departamentos de Canelones, Colonia, Maldonado y Rocha,
sin la previa inscripción en el registro que lleva el Ministerio de
Turismo.
Ayuda