El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Decreto N° 528/003 del 23 de diciembre de 2003.
RESULTANDO: que la referida norma designa agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al Estado, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, y demás personas públicas estatales; estableciéndose un porcentaje específico de retención para aquellos servicios de construcción contratados mediante licitación pública.
CONSIDERANDO: que es conveniente establecer el mismo tratamiento para los contratos de Participación Público Privado regulados por la Ley N° 18.786 de 19 de julio de 2011.
ATENTO: a lo dispuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Deróganse los artículos, 3° Bis del Decreto N° 127/013 de 24 de abril de 2013, 3° Bis del Decreto N° 357/014 de 12 de diciembre de 2014, 3° Bis del Decreto N° 20/016 de 25 de enero de 2016, y el 3° Bis del Decreto N° 43/016 de 16 de febrero de 2016.