APROBACION DE TARIFAS DE UTE. JULIO 1989




Promulgación: 16/08/1989
Publicación: 12/02/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Autorízase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a aplicar sobre las tarifas aprobadas en el Artículo 1°., un recargo del 7% (siete por ciento) en régimen excepcional y transitorio, con arreglo a lo que se dispone en el Artículo siguiente. 
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