COMISION INTERVENTORA DEL CONSEJO CENTRAL DE ASIGNACIONES FAMILIARES. INCORPORACIONES Y FUSIONES DE CAJAS DE ASIGNACIONES FAMILIARES




Promulgación: 08/05/1975
Publicación: 28/05/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1069

Artículo 2

Incorpóranse las actividades actualmente comprendidas en la Caja Nº 28
(Barracas) a las Cajas que se mencionan a continuación:

a)   A la Caja Nº 2 (Comercio), las empresas correspondientes a las
     barracas de carbón, leña y sal y las barracas de materiales de
     construcción y las actividades que actualmente cumple la Caja Nº 38
     (Bancaria);

b)   A la Caja Nº 35 (Industria Textil, del Cuero, etc.) las barracas de
     lana, cueros y productos del país, lavaderos de lanas y aquellas
     empresas no mencionadas en el presente artículo y que estén afiliadas
     actualmente a la mencionada Caja Nº 28 y las actividades comprendidas
     en la Caja Nº 29.
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