INCORPORACION DE NUEVOS TRABAJADORES AL SEGURO NACIONAL INTEGRADO DE SALUD




Promulgación: 04/08/2008
Publicación: 12/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 350
VISTO: el Decreto N° 193/008 de 3 de abril de 2008.

RESULTANDO: I) que por el mismo el Poder Ejecutivo, actuando en Consejo de
Ministros, en ejercicio de la facultad conferida por el inciso 2° del
artículo 69 de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007, postergó el
plazo de ingreso al Seguro Nacional Integrado de Salud para los
trabajadores dependientes de determinadas entidades financieras, amparados
por Convenios Colectivos entre las respectivas instituciones y la
Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay; trabajadores de la Caja de
Jubilaciones y Pensiones Bancarias y trabajadores de la Caja de
Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios.

II) que en el artículo 2° del referido Decreto se establece el 1° de enero
de 2009 como plazo máximo de ingreso al sistema para los mencionados
trabajadores, con excepción de los dependientes de la Caja de Jubilaciones
y Pensiones de Profesionales Universitarios, para quienes el plazo máximo
de ingreso sería el 1° de octubre de 2008.

CONSIDERANDO: I) que se estima procedente equiparar la situación de los
trabajadores dependientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de
Profesionales Universitarios a la de los demás trabajadores incluidos en
la normativa de referencia.

II) que, a dichos efectos, corresponde modificar el artículo 2° del citado
Decreto.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 193/008 de 03/04/2008 
artículo 2.

TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - PEDRO VAZ - DANILO ASTORI - JORGE MENENDEZ - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ANDRES BERTERRECHE - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI
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