APROBACION DE ESTRUCTURA DE CARGOS DE LA DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA




Promulgación: 23/12/1998
Publicación: 11/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1478
 VISTO: lo dispuesto en los artículos 27 y siguientes y 709 y siguientes
de la Ley 16.736 de 5 de enero de 1996.

 RESULTANDO:  I) que en el marco de la Reforma del Estado, ha sido
aprobada la reformulación de la estructura organizativa de la Unidad
Ejecutora 032 "Dirección General de Infraestructura Aeronáutica", del
Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", por el Decreto del Poder
Ejecutivo 226/997 de 2 de julio de 1997.

             II) que de conformidad con el mismo, la Unidad Ejecutora ha
presentado los proyectos de estructura organizacional, de cargos y
contratos de función pública así como el correspondiente a la reasignación
presupuestaria de los créditos resultantes de las economías generadas como
consecuencia de la reformulación de su estructura organizativa.

 CONSIDERANDO:  I) que los artículos 710 y 713 de la Ley 16.736, autorizan
a modificar la estructura de cargos y contratos de función pública de las
unidades ejecutoras, a fin de adecuarla a los requerimientos de la nueva
estructura organizativa, y conjuntamente, a reasignar los créditos
presupuestarios.

                II) que los artículos 725, 726 y 727 de la Ley 16.736 y el
Decreto reglamentario 468/997 de 11 de diciembre de 1997, establecen la
forma de determinar las economías derivadas de la reformulación
organizativa y su correspondiente reasignación.

                III) que el artículo 27 de la citada Ley, crea el premio
por desempeño excelente y muy bueno consistente en una única cantidad
anual equivalente, respectivamente, al 10% y 3% de la suma de la
retribución anual nominal percibida por los funcionarios.

                IV) que el artículo 28 de la antes mencionada Ley
establece las fuentes de financiamiento del premio por desempeño excelente
y muy bueno.

                V) que las economías cuyo objetivo sea la atención de
necesidades salariales, tenderán a corregir desigualdades en las
remuneraciones existentes, destinándose a compensar a los funcionarios
que cumplan tareas de mayor responsabilidad y especialización.

                VI) que para la reasignación de las economías
efectivamente producidas, se han aplicado los criterios dispuestos en el
Decreto 122/997 de 16 de abril de 1997, en lo que refiere a los recursos
provenientes de precios públicos.

                VII) que la reasignación de los recursos de las economías
resultantes de la reformulación organizativa, de acuerdo a los destinos
establecidos por la Ley y los Decretos citados, permitirá aumentar la
productividad de la Administración, fortaleciendo la capacidad de su
gestión en las áreas sustantivas y en las de apoyo a éstas, sin que ello
implique un incremento en el total de las asignaciones presupuestarias,
ni en sus dotaciones de personal.

                VIII) que la aprobación de estos proyectos, cumple con
etapas previstas en el Plan de Implantación de la estructura organizativa.

                IX) que los proyectos presentados han sido analizados por
el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado (C.E.P.R.E.), el que ha
entendido que cumplen con los objetivos de racionalización perseguidos.

                X) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo
para la Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a
su aprobación.

 ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas,

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

Apruébase la estructura de cargos y contratos de función pública y la
Organización para el Cumplimiento de Cometidos de la Unidad Ejecutora 032
"Dirección General de Infraestructura Aeronáutica", del Inciso 03
"Ministerio de Defensa Nacional", que constan de 3 (tres) fojas y 1 (una)
foja respectivamente, que figuran en anexos adjuntos y forman parte
integrante de este Decreto. (*)

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 380/998 de 
23/12/1998.
Ver en esta norma, artículos: 2 y 8.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE - LUIS MOSCA
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