AMPLIACION DEL REGIMEN DE DEVOLUCION DEL IVA INCLUIDO EN LAS ADQUISICIONES DE BIENES REALIZADAS POR DETERMINADOS TURISTAS




Promulgación: 23/11/2012
Publicación: 30/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1502
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 32.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

 Remuneración del operador. El Operador Turístico de Reintegro facturará
la remuneración que contractualmente corresponda por los servicios
prestados al Ministerio de Economía y Finanzas. El pago de la misma se
realizará en iguales condiciones a las establecidas por el artículo 8° del
presente Decreto.-

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13 (vigencia).
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