CREACION DE LA COMISION NACIONAL HONORARIA DE PREVENCION DEL SUICIDIO. PROGRAMA NACIONAL DE SALUD MENTAL DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 21/10/2004
Publicación: 27/10/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 984

Artículo 2

 La Comisión Nacional referida, tendrá por cometido:
-  Diseñar, facilitar, supervisar y evaluar la implementación de un 
   Plan Nacional de Prevención del Suicidio.
-  Coordinar y articular las acciones requeridas para lo cual podrá 
   constituir diferentes sub-comisiones o grupos de trabajo, que faciliten
   la sistematización de los procesos, estrategias y prácticas, que tengan
   en cuenta los diversos aspectos a ser considerados como el área 
   geográfica, género, grupo etario, factor socioeconómico y otras 
   variables, de modo que el programa diseñado brinde una cobertura 
   equitativa y eficiente;
-  Efectuar el seguimiento y elaborar, en forma cuatrimestral, un 
   informe de avance sobre la marcha del Plan Nacional, que será elevado
   al Ministerio de Salud Pública para su conocimiento y aprobación;
-  Gestionar apoyos de otros Organismos Nacionales y/o Internacionales
   para optimizar el cumplimiento de sus cometidos, de acuerdo a lo que
   determine el Ministerio de Salud Pública;
-  Establecer mecanismos que garanticen la participación y el compromiso
   de la comunidad.
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