El Consejo de Capacitación Forestal tendrá las siguientes funciones y
cometidos:
1ª) Promover y coordinar las acciones de los organismos, empresas y
personas que desarrollan actividades de capacitación relacionadas con su
materia.
2ª) Promover el desarrollo de la capacitación e implementarla, procurando
la prevención de riesgos forestales, accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales; el mejoramiento de las condiciones de trabajo en el
sector, la mejor utilización de los recursos naturales y la buena gestión
del medio ambiente, así como la difusión de la metodología y técnicas de
trabajo y producción forestal.
3ª) Implementar cursos, realizar congresos, jornadas, seminarios y demás
actividades de capacitación y formación profesional vinculadas a la
temática del sector, para el cumplimiento de sus funciones y cometidos.
4ª) Obtener y sistematizar informes técnicos, económicos y estadísticos
sobre los temas o cuestiones de interés dentro de su ámbito de
actuación.
5ª) Elaborar y proponer a la autoridad competente planes, programas y
campañas nacionales de capacitación en el sector.
6ª) Promover en el marco de sus competencias la creación, adecuación o
actualización de normas legislativas y reglamentarias en procura de
mejorar la dinámica del sector.
7ª) Controlar la calidad del nivel adquirido en la capacitación como
forma de promover el currículo a nivel nacional.