APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2020




Promulgación: 30/12/2020
Publicación: 12/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 38

   Las Inversiones se regularán en lo pertinente, por las normas dispuestas en el Decreto 123/012 del 16/04/2012 sus modificativos y concordantes, excepto en lo concerniente a trasposiciones de asignaciones presupuestales que se ajustarán a las siguientes disposiciones:

1- Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de
   un mismo programa, serán autorizadas por el Directorio y deberán ser
   comunicadas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal
   de Cuentas según lo dispuesto por Resolución 1891/2018 del 6 de junio
   de 2018.

2- Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de
   distintos programas, requerirán autorización del Poder Ejecutivo,
   previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
   del Tribunal de Cuentas. La solicitud deberá ser presentada ante la
   OPP, en forma fundada e identificando en qué medida el cumplimiento de
   los objetivos de los programas y proyectos reforzantes y reforzados se
   verán afectados por la trasposición solicitada.

3- Toda trasposición entre proyectos de inversión que implique cambio de
   fuente de financiamiento deberá contar con el informe previo y
   favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Tribunal
   de Cuentas. Los cambios de fuente de financiamiento sólo se podrán
   autorizar si existe disponibilidad suficiente en la fuente con la cual
   se financia.

4- Las asignaciones presupuestales aprobadas para proyectos de inversión
   financiados total o parcialmente con endeudamiento externo no podrán
   ser utilizadas para reforzar asignaciones presupuestales de proyectos
   financiados exclusivamente con recursos internos.
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